Nómina de Conductores, Los transportistas deben cumplir con inscribir a los Conductores en el registro administrativo de transporte, antes de que éstos presten servicios para el transportista.
El artículo 41.2.3 del DS. N° 017-2009-MTC, dispone que el transportista debe cumplir con inscribir a los conductores en el Registro Administrativo de Transporte, antes de que éstos presten servicios. La autoridad competente determinará los mecanismos para hacer efectivo el cumplimiento de esta obligación. Link del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, para inscribir a los conductores en las referidas nóminas de transporte:
http://nomina.mtc.gob.pe/
Requisitos para la habilitación como conductor del servicio de transporte terrestre.
Para ser habilitado o inscribirte como conductor de vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte terrestre, y mantener tal condición, el conductor debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser titular de una Licencia de Conducir de la categoría prevista en el RLC y que la misma se encuentre vigente.
- No superar la edad máxima para conducir vehículos del servicio de transporte, la misma que queda fijada en sesenta y cinco (65) años.
- Contar con su certificado de capacitación anual de transporte terrestre de personas o mercancías.
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