El Plan de Contingencias es un documento de gestión, el cual tiene la finalidad de resucir los posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y ambiente. Su elaboración, esta conformado por un conjunto de prodecimientos preestablecidos, que están destinados a la coordinación, alerta, movilización y respuesta ante una situación de emergancia, derivada de la ocurrencia en respuesta a una actividad u operación efectuda por el hombre, en el que está incluido el transporte terrestre.
Asimismo, existe la obligación de presentar planes de contingencia de transporte de materiales y residuos peligrosos, los cuales serán elaborados conforme a la ley 28551, ley que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia. Cuando se trate de transporte por cuenta propia, el plan de contingencia será aprobado por el sector que corresponda a la actividad que produce o emplea el material o residuo peligroso de acuerdo a sus normas vigentes.
Cuando se trate del servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, el plan de contingencia será aprobado por la DGASA (Dirección General de Asuntos Socio Ambientales) del MTC. Al respecto, debe mencionarse que en el año 2009 se elaboraron lineamientos para elaborar el referido plan de contingencia.
Para el Servicio de Transporte de Materiales y/o Residuos Peligrosos, se encuentra establecido en la Ley N° 28256 - Ley que Regula el Transporte de Materiales y Residuos Peligrisos, y su Reglamento, a través del Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, y su modificación emitida mediante el D.S. N° 030-2008-MTC.
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